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El Departamento de Agricultura publica el informe técnico para la valoración de los parques fotovoltaicos

El Departamento de Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació (DARP), ha publicado un informe técnico sobre la protección de los suelos de alto valor agrológico, donde quiere acotar de manera más clara la letra "f" del apartado 1 del artículo 9 del Decreto Ley 16/2019, del 26 de noviembre, que ha generado controversia entre las empresas del sector de las renovables por la cantidad de proyectos descartados.

A finales de Julio, los medios se hicieron eco del malestar en el sector de las renovables por la dificultad de obtener permisos para realizar parques eólicos y fotovoltaicos. Los medios publicaban que Generalitat tumbaba un tercio de los proyectos presentados en renovables y que, Agricultura era el departamento que ponía más dificultades. Entonces se supo que el 10 de agosto, Agricultura presentaría un nuevo documento que ahora sale publicado.

El documento especifica los requisitos por suelos según la Clase de Capacidad Agrològica de la siguiente manera:

- Clase V, VI, VII y VIII, son admisibles, sin limitaciones.

- Clase III e IV, son parcialmente admisibles. Se limita la ocupación a un máximo del 10% de la superficie agrícola de secano y uno de 5% de la superficie agrícola de regadío, del término municipal.

- Clases Y e II, no son admisibles.